Te interesa: El derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo no deseado

En 1985 se aprueba en España la despenalización del aborto, únicamente en tres supuestos: grave riesgo para la salud física o psíquica de la madre, malformaciones del feto y violación.
Desde entonces las mujeres han podido abortar, pero lo han tenido que hacer de forma mayoritaria en la sanidad privada, en clínicas que reciben subvenciones y con las que las administraciones mantienen convenios de colaboración para salvar los problemas que existen para interrumpir un embarazo en la sanidad publica, dado que muchos médicos se declaran objetores de conciencia siendo abundantes los obstáculos.

Hace unos meses, aprovechando la denuncia de un grupo cristiano antiabortista sobre supuestas prácticas irregulares en algunas clínicas de Barcelona y Madrid, se ha generado una situación que puede llevar ante los jueces a multitud de mujeres que en su día interrumpieron sus embarazos, acogiéndose a los supuestos legales existentes.

Ante las situaciones que se están generando y haciéndose eco de la demanda de organizaciones de mujeres, el Gobierno ha anunciado que la ley del aborto se va a modificar, precisamente para evitar la indefensión de las mujeres que libremente quieran ejercer un derecho que existe en España, la modificación se plantea desde lo que se denomina una ley de plazos, que significa que en el plazo que marque la ley sea la mujer (o la pareja) la única que decida.
No podemos olvidar que la decisión de abortar es muy traumática y difícil para la gran mayoría de las mujeres que optan por hacerlo. Por lo que no nos queda más que desear que la nueva ley acabe con los problemas actuales.

Por ultimo recordar que el que exista una ley no obliga a abortar, únicamente da la posibilidad a quien lo necesita y no puede irse al extranjero para que aquí nadie se entere.
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